El Tribunal Supremo redefine el cálculo del perjuicio económico causado por posibles incorrecciones en la liquidación de los impuestos hechas por las entidades. Esta valoración es crucial para determinar el grado de gravedad del error cometido, que está directamente relacionado con el porcentaje de sanción que finalmente se aplicará a la entidad si se confirma la incorrección. Antes de esta sentencia, el perjuicio económico se calculaba en relación con la cuota diferencial, es decir, la diferencia entre el resultado declarado por la entidad como resultado final del impuesto y el cálculo del resultado hecho por la Agencia Tributaria en la declaración paralela. Con el…

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