Las entidades sin ánimo de lucro que disfruten de los incentivos fiscales del mecenazgo deben presentar la memoria económica antes del 31 de julio del año siguiente referida al ejercicio anterior. Si necesitas ayuda con este tema u otro relacionado con la gestión de tu organización, ¡puedes contactar con nosotros! La Ley 49/2002, de Régimen fiscal de las entidades no lucrativas e incentivos fiscales al mecenazgo, establece para aquellas entidades que hayan optado por este régimen fiscal la obligación de presentar a la Agencia Tributaria una memoria económica. ¿En qué consiste la memoria? Uno de los requisitos que pide la Administración pública a las entidades para poder disfrutar del régimen fiscal…

Lee más en el blog de Apoyo Tercer Sector

Subscriu-te al Canal Esplai i rep cada 15 dies actualitat, recursos educatius, i continguts relacionats amb els nostres projectes i serveis.

He llegit i accepto la política de privacitat

¡SÍGUENOS!

Suscríbete y recibirás regularmente la actualidad Fundesplai, recursos educativos, y contenidos relacionados con nuestros proyectos y servicios.
¡Suscríbete para la educación, la convivencia y la sostenibilidad!

  • Hidden
  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Síguenos también en las redes sociales

Somos Fundesplai

Somos Fundesplai, una entidad sin ánimo de lucro con la misión de educar a los niños, niñas y jóvenes, fortalecer las entidades de ocio y tiempo libre y el Tercer Sector, mejorar el medio ambiente y promover la ciudadanía y la inclusión social, con voluntad transformadora.

Conoce Fundesplai