Desde el 1 de junio de 2023 las personas con discapacidad igual o superior al 45% ya se pueden jubilar anticipadamente. El Real Decreto 370/2023, de 16 de mayo, marca, sin embargo, que para poder hacerlo deben haber cotizado, como mínimo, cinco años teniendo la discapacidad reconocida. De esta manera, la edad de jubilación para las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45% es a partir de los 56 años. En el caso de las personas trabajadoras con discapacidad igual o superior al 65%, podrán jubilarse a partir de los 52 años. Las entidades que tengan contratadas personas con…
Las personas con discapacidad se podrán jubilar a partir de los 52 años
09/08/2023 | Recursos para entidades