Los órganos de gobierno de las entidades pueden modificar su composición con la sustitución o la incorporación de miembros . En caso de dudas puedes contactar con nuestro servicio jurídico . Las asociaciones deben contar con una junta directiva formada, como mínimo, por tres miembros . La presidencia y la secretaría son dos cargos obligatorios. Tal y como establece la Ley 4/2008, “la duración del cargo de miembro del órgano de gobierno no puede exceder de cinco años, sin perjuicio del derecho a la reelección si no la excluyen los estatutos”. Sin embargo, a veces se pueden producir cambios en…
¿Cómo incorporar o sustituir a miembros de la junta directiva de una asociación?
07/09/2026 | Recursos para entidades