Las entidades que realizan determinados pagos a personas u organizaciones no residentes fiscalmente en el Estado español pueden tener que declarar estas rentas y practicar las retenciones correspondientes mediante el modelo 216. Si necesitas más información no dudes en contactar con nuestro servicio económico . Cuando una entidad contrata servicios o satisface otras rentas a una persona física o jurídica no residente fiscalmente en el Estado español , es importante comprobar qué tratamiento fiscal corresponde a la operación. En determinados casos, estas rentas están sujetas al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) y pueden comportar la obligación de…