A menudo las entidades deben reembolsar determinados gastos por traslado y manutención a las personas voluntarias o trabajadoras. Las dietas, sin embargo, están sometidas a tributación a partir de ciertos límites y tienen implicaciones fiscales. La Orden HFP/792/2023, de 12 de julio, ha modificado el importe de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A partir de ahora, la nueva normativa aumenta de 0,19 € a 0,26 € el importe a compensar por cada kilómetro que la persona trabajadora realice en el marco de la actividad profesional. Te explicamos las consideraciones más importantes en cuanto al pago de las dietas. En caso de dudas puedes contactar con…

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