Las entidades sin ánimo de lucro que disfruten de los incentivos fiscales del mecenazgo deben presentar la memoria económica antes del 31 de julio del año siguiente referida al ejercicio anterior. Si necesitas ayuda con este tema u otro relacionado con la gestión de tu organización, ¡puedes contactar con nosotros! La Ley 49/2002, de Régimen fiscal de las entidades no lucrativas e incentivos fiscales al mecenazgo, establece para aquellas entidades que hayan optado por este régimen fiscal la obligación de presentar a la Agencia Tributaria una memoria económica. ¿En qué consiste la memoria? Uno de los requisitos que pide la Administración pública a las entidades para poder disfrutar del régimen fiscal…

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